Información de Visas para Estudiantes
(Visa Information for Students)
Los visitantes internacionales en los Estados Unidos son admitidos
como no-inmigrantes bajo la clasificación de visa apropiada dependiendo
de las actividades que realizarán en el país. Aquellos
que tienen la intención de estudiar son admitidos generalmente
bajo la clasificación de visa de estudiante F-1. Bajo circunstancias
especiales, los estudiantes internacionales pueden ser también
admitidos con visa de estudiante patrocinado J-1 o estudiante vocacional
o técnico M-1.
En cada una de estas categorías de visa, el cónyugue
o hijos solteros y menores de 21 años de edad pueden acompañar
al estudiante internacional a los Estados Unidos. Generalmente estos
dependientes no pueden emplearse en los Estados Unidos pero pueden ser
estudiantes de medio tiempo o de tiempo completo.
La clasificación de visa de estudiante F-1 es para los estudios
de tiempo completo en los Estados Unidos. Para solicitar la visa F-1,
el futuro estudiante debe recibir un Certificado de Elegibilidad para
el Estatus de Estudiante no Inmigrante (F-1), Formulario I-20 A-B. Este
formulario debe ser emitido por una escuela o sistema de escuelas que
haya sido autorizado por el Instituto de Inmigración y Naturalización
de los Estados Unidos (INS) para patrocinar estudiantes internacionales.
La mayoría de colleges y universidades, y algunos sistemas de
escuelas públicas, cuentan con dicha autorización.
Una vez que el futuro estudiante ha cumplido los requisitos de admisión
solicitados por la universidad o college de su elección, también
deberá comprobar que posee los recursos financieros adecuados
para cubrir los costos de manutención y de la escuela. Las oportunidadeas
de empleo para los estudiantes internacionales son limitadas. Una prueba
de soporte financiero suficiente puede ser enviada en el formulario
I-34 Declaración de Soporte Financiero, por un familiar cercano
u otra persona que desee proporcionarlo. En algunos casos los estudiantes
de posgrado pueden recibir ofertas de beca o de posiciones como asistentes
de docencia o de investigación, pero éstas sólo
pueden cubrir parte de los gastos de la escuela.
Es muy importante que los estudiantes internacionales hagan todo lo
posible por mantener el estatus F-1 durante su estadía en los
Estados Unidos. Esto incluye mantener un programa completo de estudios,
que es al menos 12 horas crédito por semestre para los estudiantes
de pregrado en un college o universidad. Los estudiantes de posgrado
deben también estar matriculados de tiempo completo, que puede
variar entre las diferentes instituciones, pero que es generalmente
de 9 horas crédito por semestre. La falla en estar matriculado
como estudiante de tiempo completo se considera una violación
del estatus de estudiante F-1 y sitúa al estudiante en situación
de deportable. Los estudiantes F-1 sólo tienen permiso para trabajar
bajo circunstancias especiales. El empleo dentro del campus es permitido
hasta un límite de 20 horas por semana: sin embargo, el empleo
fuera del campus está limitado a prácticas (internships)
u otros programas de estudio-trabajo que pueden ser requeridos por un
programa específico. Los estudiantes internacionales que deseen
buscar empleo adicional después de graduarse pueden considerar
el estatus H-1B, que es para empleo profesional temporal en una "ocupación
especial". Esta visa requiere una oferta de trabajo con una mínima
calificación de al menos un título de licenciatura, y
el estudiante debe poseer la evidencia apropiada de al menos dicho título.
Bajo recientes cambios a las regulaciones federales, el estatus de estudiante
F-1 ya no está disponible para asistir a escuelas públicas
de primaria o programas educativos públicos para adultos. Los
estudiantes con estatus F-1 sólo pueden atender una escuela pública
de secundaria por un período de no más de un año.
transferirse de una escuela privada a una pública, y cualquier
estudiante F-1 que viole su estatus bajo esta regulación no podrá
ser admitido en los Estados Unidos por un período de cinco años.
Los estudiantes internacionales patrocinados para estudios en los Estados
Unidos por su gobierno, una universidad extranjera, una organización
internacional, o substancialmente por fondos de otra fuente que no sean
los fondos personales o familiares, pueden ser admitidos como estudiantes
de intercambio J-1. Los estudiantes J-1 también deben mantener
un completo programa de estudios en la universidad a la cual tienen
autorización para asistir. La falla a mantener este requerimiento
consiste en una violación del estatus, que puede provocar la
deportación del estudiante.
Los estudiantes J-1 tiene opciones limitadas de empleo en los Estados
Unidos. El patrocinador del programa debe autorizar por escrito cualquier
empleo dentro del campus durante el perído de estudios. Al finalinalizar
el programa, los estudiantes J-1 pueden recibir hasta 18 meses de práctica
académica para obtener experiencia en su área de estudio,
con la posibilidad de 18 meses adicionales para investigación
posdoctoral.
Los cónyuges e hijos dependientes del estudiante de intercambio
J-1 son admitidos bajo el estatus J-2 y pueden solicitar autorización
de empleo mientras estén en los Estados Unidos. La duración
de la autorización de empleo está limitada a la duración
de la estadía del estudiante de intercambio. Los ingresos obtenidos
por el dependiente J-2 deben ser principalmente para el soporte del
J-2 y no pueden ser usados para el soporte del J-1.
Los estudiantes que son admitidos para programas de entrenamiento técnico
o vocacional son admitidos bajo el estatus de estudiante M-1. Los procedimientos
de admisión son similares a los de los estudiantes F-1. Las escuelas
que ofrecen programas de entrenamiento técnico o vocacional deben
estar autorizadas por el Servicio de Inmigración para patrocinar
estudiantes M-1, y la escuela se encarga de emitir el formulario I-20M.
El futuro estudiante debe llevar este formulario, junto con la documentación
de soporte financiero adecuado y evidencia de su intención de
ser un no-inmigrante, a la Embajada o Consulado de los Estados Unidos
para solicitar la visa.
El estudiante admitido bajo el estatus M-1 podrá permanecer
por el tiempo necesario para completar el curso de estudios específico,
más 30 días adicionales para salir de los Estados Unidos,
o por un año, o lo que sea más corto entre los dos plazos.
Para mantener válido el estatus M-1, el estudiante debe matricular
un mínimo de 12 horas crédito de instrucción por
semana o su equivalente en una escuela de negocios o vocacional post-secundaria
(con excepción de los programas de idiomas), donde recibirá
un título reconocido de Asociado u otro. Para aquellos estudiantes
M-1 que han elegido un currículo vocacional o no académico
(con excepción de los programas de idiomas) la matrícula
de tiempo completo debe incluir al menos 18 horas por semana o 20, si
la actividad principal es trabajo de taller o de laboratorio.
Los estudiantes internacionales deben tener visa y pasaporte válido
para ser admitidos con estatus de no-inmigrante por la duración
de sus estudios en los Estados Unidos. Los estudiantes de Canadá
están eximidos del requerimiento de pasaporte pero deben ser
debidamente admitidos con la clasificación de visa apropiada.
Los estudiantes internacionales deben reportar el robo o pérdida
del pasaporte a la embajada o consulado de su país de origen,
y obtener un nuevo pasaporte tan pronto como sea posible para mantener
el estatus apropiado mientras permanezcan en los Estados Unidos.
Los estudiantes no-inmigrantes reciben el Formulario I-94 Record de
Llegada/Salida al ser admitidos en los Estados Unidos. Frecuentemente,
este formulario es grapado en el pasaporte de la persona e indica la
fecha y localización de la llegada de la persona, la clasificación
de su visa y la longitud del perído de permanencia autorizado.
Para la mayoría de los estudiantes internacionales, esta no será
una fecha específica, pero será "D/S" por "duración
del estatus".
La duración del estatus se determina por la fecha en el Formulario
I-20 para los estudiantes F-1 y M-1, y el formulario IAP-66 para los
estudiantes J-1. Si el formulario I-94 se pierde, el estudiante debe
solicitar una reposición por intermedio del Servicio de Inmigración.
Al salir de los Estados Unidos, el I-94 debe ser entregado en el puerto
de salida, y la persona recibirá uno nuevo a su regreso. Si el
estudiante viaja a México o Canadá por menos de 30 días,
la I-94 no debe ser entregada, porque será necesaria para ingresar
de nuevo en los Estados Unidos.
Un no-inmigrante puede ser elegible para solicitar un cambio de estatus
mientras se encuentra en los Estados Unidos, pero solamente por razones
graves o"no-frívolas". Si aparece que alguien entró
en los Estados Unidos con la intención de cambiar a un estatus
distinto al poco tiempo de su llegada, el Servicio de Inmigración
negará la aplicación. El Servició de Inmigración
negará la mayoría de las aplicaciones que sean enviadas
dentro de los dos primeros meses de permanencia de la persona en los
Estados Unidos. Si uno tiene una razón legítima para solicitar
un cambio de estatus, se debe enviar el Formulario I-539 al Centro Regional
de Servicio del Servicio de Inmigración que tenga jurisdicción
en su lugar de residencia.
Si una persona tiene éxito en el cambio de su estatus de no-inmigrante,
la próxima vez que viaje fuera de los Estados Unidos deberá
solicitar la visa en la nueva clasificación para que se le permita
regresar. Tan pronto sale de los Estados Unidos pierde su nuevo estatus,
y no hay garantía de que el oficial consular le otorgue la nueva
visa. Los ciudadanos canadienses están eximidos de este requerimiento
de visa. Además, cualquiera que cambie su estatus de visa dentro
de los Estados Unidos y viaje a México o Canadá por menos
de 30 días, podrá regresar a los Estados Unidos sin obtener
una nueva visa. La persona debe cargar su pasaporte válido, la
visa original, el Formulario I-94 y prueba del cambio de estatus.
La visa de cualquier no-inmigrante que permanezca en los Estados Unidos
por un período mayor al autorizado será cancelada, y la
persona deberá solicitar una nueva visa en la Embajada o Consulado
de los Estados Unidos en el país de su última residencia
permanente. Si un no-inmigrante permanece con estatus ilegal por un
período de al menos 180 días y abandona los Estados Unidos,
no se le permitirá regresar por un período de tres años,
y si el período de permanencia ilegal es de al menos un año,
se le negará la entrada por 10 años.
Para mayor información visite http://bern.usembassy.gov.
Editorial proporcionado por el Departamento de Recursos Humanos
de Texas A&M University.
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